martes, enero 30, 2007

El Tribunal Constitucional ampara a una empleada que pidió reducción de jornada por maternidad.

lun 29 ene 2007 07:00:00 CET
El Tribunal Constitucional ha concedido el amparo a una trabajadora a la que su empresa había denegado la reducción de jornada por maternidad.
Este tribunal considera que la empresa vulneró el derecho de la mujer a la no discriminación por razón de sexo y que no tuvo en cuenta si la denegación de la reducción de jornada constituía un obstáculo para la conciliación de la vida familiar.En una sentencia hecha pública la semana pasada, el Constitucional revoca la sentencia dictada por el Juzgado de lo social número 1 de Madrid que rechazó la petición de la mujer. Este tribunal considera que el rechazo de la concesión de jornada reducida se convirtió en un "obstáculo injustificado" para la permanencia en el empleo de la trabajadora "y para la compatibilidad de su vida familiar; algo que en tal sentido constituye una discriminación indirecta por razón de sexo".La mujer trabajaba como cajera en un supermercado y desarrollaba su jornada en turnos rotativos de mañana y tarde, de lunes a sábado. En agosto de 2003 solicitó a la empresa la reducción de jornada a un turno de tarde de lunes a miércoles, para cuidar de su hijo. La empresa denegó esta solicitud y acordó que el horario de jornada reducida debía aplicarse en los turnos de mañana y tarde y de lunes a sábado, ya que su nuevo horario de trabajo debía estar dentro de los límites de la jornada ordinaria.No discriminaciónEl Tribunal Constitucional dice en su sentencia que, al denegar la reducción de la jornada a la trabajadora, el juzgado madrileño "no valoró adecuadamente la dimensión constitucional del artículo 14 de la Constitución" que establece que "los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación por razón de nacimiento, sexo, religión, opinión, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social". La sentencia del Constitucional dice que "han de prevalecer" todas aquellas medidas legales que faciliten la compatibilidad de la vida laboral y familiar de los trabajadores.

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